Piden un lector y una lectora habituales de Comentaris
Polítics que seamos más críticos con el PP. No es algo nuevo. Lo que llama
la atención en este caso es que sus posiciones sean absolutamente inclementes
en sus consecuencias. Y cabe añadir que un número creciente de comentarios en
las redes sociales tienen este sentido. Para la salud de la democracia, tanto la
política del PP como muchas de las críticas que se están articulando en su
contra son fenómenos preocupantes.
¿Por qué no se ilegaliza al PP?
Sostiene el lector, persona de formación jurídica,
que, de acuerdo con el artículo 10.2.a de la Ley de Partidos en vigor, la fiscalía pública
debería proponer el enjuiciamiento del PP y su ilegalización. El artículo de la
ley en cuestión afirma que “la disolución judicial de un partidos político
será acordada por el órgano jurisdiccional competente … cuando incurra en
supuestos tipificados como asociación ilícita en el Código Penal” y, según
el artículo 155.1 del Código Penal son asociaciones ilícitas aquellas que “tengan por
objeto cometer algún delito o, después de constituidas, promuevan su comisión,
así como las que tengan por objeto cometer o promover la comisión de faltas de
forma organizada, coordinada y reiterada”.