10 de jul. 2014

Un país sin PP



Piden un lector y una lectora habituales de Comentaris Polítics que seamos más críticos con el PP. No es algo nuevo. Lo que llama la atención en este caso es que sus posiciones sean absolutamente inclementes en sus consecuencias. Y cabe añadir que un número creciente de comentarios en las redes sociales tienen este sentido. Para la salud de la democracia, tanto la política del PP como muchas de las críticas que se están articulando en su contra son fenómenos preocupantes.


¿Por qué no se ilegaliza al PP?

Sostiene el lector, persona de formación jurídica, que, de acuerdo con el artículo 10.2.a de la Ley de Partidos en vigor, la fiscalía pública debería proponer el enjuiciamiento del PP y su ilegalización. El artículo de la ley en cuestión afirma que “la disolución judicial de un partidos político será acordada por el órgano jurisdiccional competente … cuando incurra en supuestos tipificados como asociación ilícita en el Código Penal” y, según el artículo 155.1 del Código Penal son asociaciones ilícitas aquellas que tengan por objeto cometer algún delito o, después de constituidas, promuevan su comisión, así como las que tengan por objeto cometer o promover la comisión de faltas de forma organizada, coordinada y reiterada”.